CÓMO COLABORAR

Colaborar como Amigo es multiplicar el impacto del conocimiento

Gracias a las aportaciones, la Universidad de Navarra impulsa proyectos de investigación clave y ofrece oportunidades de formación a estudiantes de grado y postgrado con talento y vocación de servicio.

Cada donación se transforma en becas, investigación y futuro. Un apoyo que no solo fortalece a la universidad, sino que repercute directamente en la sociedad, a través de profesionales e investigadores que influyen de forma positiva en su entorno.

Tu apoyo hoy puede cambiar el mañana.

CÓMO COLABORAR

Si estás interesado en colaborar, existen distintas maneras de hacerlo.

Beneficios fiscales

La información fiscal ofrecida en esta página web es genérica. La Asociación de Amigos recomienda siempre que antes de realizar una aportación a cualquiera de los programas se consulte con un asesor especializado.

Soy una persona física

Tratamiento fiscal

Además de contribuir al desarrollo de la institución, los donantes de la Universidad se pueden beneficiar del tratamiento fiscal de las donaciones.

Para obtener más información o resolver cualquier duda, contacta con la Asociación de Amigos. En los meses previos a la campaña de la Renta, recibirás el certificado de tu donación para facilitar la deducción fiscal correspondiente.

Límites de las deducciones en cuota y en sede del Impuesto de la Renta sobre las Personas Físicas y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes sujetos a la legislación fiscal vigente en cada territorio.

Estado

Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal de las Entidades sin fines lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo.

Personas físicas (IRPF)

  • Primeros 250€: deducción en cuota del 80%
  • Resto: deducción en cuota 40%. (Donaciones recurrentes -2 años anteriores- por el mismo importe o superior: 45%)

Decreto Foral Legislativo 2/2023, de 24 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones del Régimen Tributario Especial de las Fundaciones y otras Entidades sin fines lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo. 

Personas físicas (IRPF)
• Donaciones: deducción en cuota del 25%

Norma Foral 4/2019, de 20 de marzo, del Territorio Histórico de Vizcaya, de Régimen Fiscal de las Entidades sin fines lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo..

Personas físicas (IRPF)

  • Donaciones: deducción en cuota del 30%

Norma Foral 3/2004, de 7 de abril, de Territorio Histórico de Guipúzcoa, de Régimen Fiscal de las Entidades sin fines lucrativos y de los Incentivos Fiscales de Mecenazgo.

Personas físicas (IRPF)
• Donaciones: deducción en cuota del 20%.

Norma Foral 35/2021 de 23 de diciembre, de Territorio Histórico de Álava, de Régimen Fiscal de las Entidades sin fines lucrativos y de los Incentivos Fiscales de Mecenazgo. 

Personas físicas (IRPF)

  • Deducción en cuota del 30%.

Quienes caminan solos, casi nunca llegan lejos. En cambio, quienes marchan acompañados, consiguen que sus sueños se hagan realidad. Así nos sucede a nosotros: gracias la generosidad de los Amigos –personas, familias, empresas e instituciones- la Universidad de Navarra realiza una tarea asistencia, educativa e investigadora de gran impacto social.

Alfonso Sánchez-Tabernero

Presidente de la Asociación de Amigos

Soy una persona jurídica

Límites de las deducciones en cuota y de los gastos fiscalmente deducibles en sede del Impuesto de Sociedades sujetos a la legislación fiscal vigente en cada territorio.

Estado

Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal de las Entidades sin fines lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo.

Personas jurídicas (Impuesto de Sociedades)

  • Deducción en cuota del 40%.
  • Donativos recurrentes (2 años anteriores) del mismo importe o superior: deducción en cuota del 50%.

 Decreto Foral Legislativo 2/2023, de 24 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones del Régimen Tributario Especial de las Fundaciones y otras Entidades sin fines lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo. 

Personas jurídicas (Impuesto de Sociedades)

  • Gasto deducible para determinar la base imponible del Impuesto sobre Sociedades.

Norma Foral 4/2019, de 20 de marzo, del Territorio Histórico de Vizcaya, de Régimen Fiscal de las Entidades sin fines lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo.

Personas jurídicas (Impuesto de Sociedades)

  • Deducción en cuota del 30%.

Norma Foral 3/2004, de 7 de abril, de Territorio Histórico de Guipúzcoa, de Régimen Fiscal de las Entidades sin fines lucrativos y de los Incentivos Fiscales de Mecenazgo.

Personas jurídicas (Impuesto de Sociedades)

  • Gasto deducible para determinar la base imponible del Impuesto sobre Sociedades.

Norma Foral 35/2021 de 23 de diciembre, de Territorio Histórico de Álava, de Régimen Fiscal de las Entidades sin fines lucrativos y de los Incentivos Fiscales de Mecenazgo. 

Personas jurídicas (Impuesto de Sociedades)

  • Deducción en cuota del 30%.

Contacta con nosotros y te ayudaremos en lo que haga falta.